20140328

Prestaciones de la Seguridad Social para Autónomos

Lo que se recibe por pagar los 300 € de autonomos.. todo es muy bonito pero hay que recordar que la cotización es obligatoria e independiente del nivel de rentas (aunque no se facture, hay que seguir pagando), y que luego con la cotización mínima, en caso de baja, se perciben 600 Euros.. de los cuales hay que descontar 300 (para seguir cotizando)..

es un sistema perfecto.. para el Estado..

disfruten lo votado..



Prestaciones de la Seguridad Social para Autónomos


En este artículo explicamos las principales coberturas de la seguridad social y prestaciones para autónomos, a excepción de las prestaciones por jubilación y cese de actividad (desempleo), que se tratan en artículos específicos.

Las prestaciones analizadas en este artículo son:
  • Prestación por asistencia sanitaria
  • Prestaciones por maternidad
  • Prestaciones por paternidad
  • Prestación por riesgo durante el embarazo
  • Prestación por incapacidad Temporal
  • Prestación por incapacidad Permanente
  • Prestación por lesiones permanentes no invalidantes

Uno de los requisitos para disfrutar de estas prestaciones es estar al corriente en el pago de las cuotas. Si no fuera así, está previsto un mecanismo de invitación al pago que concede un plazo extraordinario e improrrogable de 30 días para corregir la situación.

Prestación por Asistencia Sanitaria

La Seguridad Social reconoce a los autónomos las mismas prestaciones y condiciones que a los trabajadores adscritos al Régimen General de la Seguridad Social en materia de asistencia sanitaria, lo que comprende “… los servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud de sus beneficiarios, así como su aptitud para el trabajo...”.

La prestación Cubre por tanto la asistencia sanitaria en casos de maternidad, enfermedad común o profesional y accidentes, sean o no de trabajo.

En la prestación por asistencia sanitaria, el conjunto de servicios de salud pública a lo que por tanto tienen derecho los autónomos es el recogido en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, disponible en todas las Comunidades Autónomas, el cual incluye:
  • Atención Primaria
  • Atención Especializada
  • Atención de Urgencia
  • Prestaciones Farmacéuticas
  • Prestaciones Ortoprotésicas
  • Productos Dietéticos
  • Transporte Sanitario
  • Servicios de Información y Documentación Sanitaria
  • Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

Además incluye los servicios complementarios necesarios para completar las prestaciones médicas y farmacéuticas, en especial la rehabilitación física precisa para conseguir la total recuperación profesional de los trabajadores.

Prestaciones por Maternidad

Las trabajadoras autónomas tienen derecho a las mismas prestaciones por maternidad y en las mismas condiciones que las trabajadoras del régimen general, con algunas particularidades que se señalan más adelante.

En la prestación por maternidad tienen derecho a una baja por descanso en situaciones de maternidad, adopción, acogimiento o tutela de un familiar siempre que se acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos que son estar afiliada y en alta o en situación asimilada al alta, estar al corriente en el pago de las cuotas de autónomo y tener cubierto un periodo mínimo de cotización que oscila en función de la edad:
  • Ninguno en el caso de menores de 21 años de edad en la fecha del parto o de la fecha de la resolución administrativa o judicial mediante la que se constituye el acogimiento o la adopción.
  • En jóvenes de entre 21 y 26 años cumplidos en la fecha del parto, 90 días en los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
  • En mayores de 26 años en la fecha del parto, 180 días en los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.

La prestación por maternidad da derecho a un subsidio durante 16 semanas ininterrumpidas a contar a partir del mismo día en que dé comienzo el período de descanso, bien en la fecha del parto (tienes 15 de plazo para notificarlo) o bien una fecha anterior si se hubiera optado por empezar el descanso con anterioridad al parto. Este plazo puede verse incrementado en caso de hospitalización en determinados supuestos.

En la prestación, la madre puede optar por transferir el derecho a 10 de estas 16 semanas de permiso al otro progenitor. En cualquier caso, las 6 semanas inmediatamente posteriores al parto serán de descanso obligatorio para la madre.

La prestación económica a recibir es del 100% de la base reguladora correspondiente, que como regla general será la que esté establecida para la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, tomando como referencia la fecha del inicio del descanso. Pagando la cuota mínima de autónomos, es decir, 261,83 euros en 2014, tendrás derecho a 875,70 euros de prestación.

Si planificas tu baja por maternidad con algo de antelación a lo mejor te interesa cotizar más ya que por ejemplo con una cuota de 355 euros en los meses previos puedes obtener 1.200 euros de prestación.

Las importantes particularidades de la prestación por maternidad aplicables a las autónomas son:
  • En caso de contratar a una persona sustituta conforme a los contratos de interinidad bonificados celebrados con desempleados, tendrán derecho a una bonificación del 100% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Podrán optar por el descanso por maternidad a tiempo parcial, pero la percepción del subsidio y la reducción de la actividad sólo podrá efectuarse en el porcentaje del 50%.
  • En caso de cese de actividad coincidente con la prestación por maternidad, ésta no se verá afectada y se seguirá percibiendo hasta su conclusión. Si estando cobrando la prestación por cese de actividad se iniciase la prestación por maternidad, la de cese de actividad se vería interrumpida, pudiéndose reanudar tras la de maternidad.
  • Las madres autónomas que se reincorporen a su trabajo pueden solicitar a la seguridad social una bonificación integra de la cuota por contingencias comunes durante 12 meses. También estarán bonificadas durante las semanas en que disfruten del permiso de maternidad. Atención: esta bonificación ha sido derogada con la entrada en vigor de la reforma laboral 2012

Prestaciones por Paternidad

Los trabajadores autónomos también tienen derecho a la prestación por paternidad en las mismas condiciones que los trabajadores del régimen general, concediéndose en los mismos casos que la de maternidad.

Los requisitos para la prestación exigidos son estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta, estar al corriente en el pago de las cuotas de autónomo y tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores o 360 a lo largo de la vida laboral.

La duración de la prestación será de 13 días naturales ininterrumpidos, ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo y de 20 días en el caso de familia numerosa. La prestación económica a recibir será también del 100% de la base reguladora.

Serán de aplicación, en las prestaciones por paternidad, algunas de las particularidades que concurren en el caso de los permisos de maternidad para trabajadoras autónomas:
  • Obligatoriedad de de presentar en el plazo de 15 días a contar desde el parto de la declaración de situación de la actividad.
  • Posibilidad de optar por el descanso por paternidad a tiempo parcial con una reducción del subsidio y la actividad de un 50%.
  • Complementariedad con la prestación por cese de actividad, que puede interrumpirse y reanudarse.

Prestación por Riesgo Durante el Embarazo

Esta prestación económica, que se considera derivada de contingencias profesionales, ofrece cobertura de la seguridad social a aquellas autónomas embarazadas que hayan visto interrumpida su actividad profesional por riesgo de que influya negativamente en su salud o en la del feto y que cuenten con el correspondiente informe certificado del Servicio Público de Salud.

La cuantía de la prestación asciende al 100% de la base reguladora.

El derecho a la prestación se inicia el día siguiente a aquél en que se emite el certificado médico necesario, aunque los beneficios económicos se generarán a partir de la interrupción de la actividad profesional y durará mientras la autónoma no pueda reincorporarse o hasta el inicio del permiso por maternidad.

Esta prestación no puede darse nunca a la vez que la de incapacidad temporal, siendo necesario renunciar a una u otra.

En esta prestación por riesgo de embarazo, las autónomas, a excepción de las integradas en el sistema especial de trabajadores por cuenta propia agrarios (SETA) o de las trabajadoras autónomas económicamente dependientes (TRADE), tendrán un plazo de 15 días para presentar una declaración de situación de actividad en la que deben informar de la imposibilidad de realizar una actividad profesional alternativa. Si se trata de una trabajadora autónoma económicamente dependiente, la declaración deberá efectuarla su cliente.

La gestión y el pago de la prestación serán realizados por la Entidad gestora o la Mutua con la que la trabajadora autónoma tuviera formalizada la cobertura de las contingencias profesionales, tanto si es obligatoria como voluntaria. Cuando no haya formalizado la cobertura de la seguridad social de riesgos profesionales, pero tenga cubierta la protección derivada de contingencias comunes, será competente la Entidad gestora o colaboradora que cubra dicha situación.

Prestación por Incapacidad Temporal

La incapacidad temporal es la situación provocada por una enfermedad común o profesional o un accidente, sea o no de trabajo, que impide trabajar y requiere asistencia sanitaria.

Puede atribuir el derecho a un subsidio para paliar su falta de ingresos mientras se reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y se continúe impedido para el trabajo por un periodo máximo de 12 meses, prorrogables por otros 6 cuando se presuma que durante ellos pueda el trabajador ser dado de alta médica por curación.

Para la prestación se entenderá como accidente de trabajo del trabajador autónomo el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el campo de aplicación de dicho Régimen Espacial. No se incluyen los accidentes que sufra el trabajador al ir o volver del lugar de trabajo (salvo en el caso de los TRADE), los que sean debidos a fuerza mayor extraña al trabajo y los que sean debidos a dolo o imprudencia temeraria del trabajador.

Para la prestación se entenderá, a idénticos efectos, por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta propia, que esté provocada por la acción de los elementos y sustancias y en las actividades que se especifican en la lista de enfermedades profesionales con las relaciones de las principales actividades capaces de producirlas, anexa al Real Decreto 1995/1978, de 12 de mayo, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el Sistema de la Seguridad Social.

Los requisitos de la prestación por incapacidad temporal exigidos en caso de enfermedad común son estar de alta o en situación asimilada al alta, haber cotizado un mínimo de 180 días durante los últimos 5 años y estar al corriente en el pago de las cuotas. En caso de accidente y de enfermedad profesional no se exige periodo previo de cotización.

La cuantía de la prestación se obtiene aplicando los porcentajes siguientes a la base reguladora:
  • En caso de enfermedad común o accidente no laboral, el 60% desde el día cuarto al vigésimo de la baja y el 75% a partir del vigésimo primero.
  • En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja, siempre que el interesado hubiese optado por la cobertura de las contingencias profesionales.
  • La base reguladora para la incapacidad temporal será la base de cotización del trabajador autónomo correspondiente al mes anterior al de la baja médica, dividida entre 30.

El autónomo tiene un plazo de 15 días para notificar a la Seguridad Social la baja y la situación en que queda la actividad, indicando en el impreso oficial quién va a gestionar directamente el negocio o en su caso, el cese temporal o definitivo de la actividad.

En situaciones de cese de actividad posteriores a la incapacidad temporal, el autónomo continuará percibiendo la prestación por IT, en la misma cuantía que la prestación por cese de actividad, hasta que la misma se agote, momento a partir del cual percibirá la prestación económica por cese de actividad que le corresponda, descontándose el tiempo permanecido en situación de IT del periodo de cese de actividad al que se tiene derecho.

La cotización de las prestaciones por incapacidad temporal por incapacidad temporal por contingencias comunes tiene carácter obligatorio, aunque se mantiene como opcional para autónomos en situación de pluriactividad que coticen simultáneamente en otro régimen de la Seguridad Social y para Trabajadores incluidos en el Sistema Especial para trabajadores por Cuenta Propia Agrarios. La cotización de las contingencias profesionales de accidente de trabajo y enfermedades profesionales el RETA tiene sin embargo carácter voluntario, excepto para los trabajadores autónomos dependientes y para aquellos que estén obligados a formalizar dicha protección por desempeñar una actividad profesional con un elevado riesgo de siniestralidad. Puedes ampliar información en nuestro artículo sobre bases y tipos de cotización.

Ahora tienes a tu disposición una calculadora de la cuota de autónomos y las prestaciones por incapacidad temporal a que da derecho:
Calcular mi cuota de autónomos

Prestación por Incapacidad Permanente

La prestación por incapacidad permanente está destinada a cubrir la pérdida de rentas salariales de aquellos autónomos que no puedan seguir trabajando al haberse visto afectados por una enfermedad o accidente que les incapacite para el ejercicio profesional de forma presumiblemente definitiva.

En caso de que la incapacidad permanente se derive de contingencias profesionales, serán para la prestación requisitos necesarios haber cotizado por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y haberse acogido previa o simultáneamente, a la cobertura de la prestación por incapacidad temporal.

La base reguladora por incapacidad permanente para una incapacidad que deriva de contingencias profesionales será equivalente a la base de cotización del trabajador en la fecha del hecho causante.

La incapacidad permanente parcial, aquella que sin alcanzar el grado de total, ocasione al trabajador una disminución no inferior al 50% de su rendimiento normal, sólo se protege si se deriva de contingencias profesionales pero no si se deriva de contingencias comunes.

La prestación por incapacidad permanente total se incrementará en un 20% de la base reguladora para mayores de 55 años que no ejerzan una actividad retribuida por cuenta ajena o propia ni tengan la titularidad de una explotación agraria o marítimo-pesquera, o de un establecimiento mercantil o industrial como propietario, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo.

En vez de la pensión de incapacidad permanente total, el autónomo podrá optar por cobrar una indemnización en un único pago por importe de 40 mensualidades de la base de cotización por contingencias profesionales en la fecha del hecho causante. Si derivase de contingencias comunes, será de 40 mensualidades de la base reguladora de estas contingencias.

Prestación por lesiones permanentes no invalidantes

Los autónomos podrán optar por esta prestación en caso de lesiones, mutilaciones y deformidades causadas por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, que sin llegar a constituir incapacidad permanente, supongan una disminución de la integridad física del trabajador, siempre que aparezcan recogidas en el baremo establecido al efecto.

Entre los requisitos de la prestación específicos a cumplir por los autónomos destaca el hecho de que deben cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Además deben haber optado por la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal y encontrarse al corriente en el pago de cuotas. No se aplica aplica el recargo de las prestaciones económicas por falta de medidas de prevención de riesgos laborales.

Su cuantía será una indemnización a tanto alzado que determinará la Seguridad Social.

20140318

El gasolinero que pasó a ganar 100.000 $ al mes (pese a la extorsión de Facebook)


lo que se desprende del relato es que se supo adaptar: empezó vendiendo de todo y luego se centró en lo que le daba mejores resultados; no hay que obcecarse en vender la 8a maravilla si el mercado no la demanda..



El gasolinero que pasó a ganar 100.000 $ al mes (pese a la extorsión de Facebook)



"Lleno, por favor", la rutina diaria de Ben Cardwell podía fácilmente resumirse en aquellas tres palabras. El joven neozelandés atendía pacientemente a los clientes. Aquel no era el trabajo de su vida, pero sí el peaje necesario para poder pagar los estudios universitarios, el paso previo para una vida mejor a la que aspiraba. No puede decirse que la experiencia fuera mala.

Al contrario. Además de los necesarios ingresos, estar a pie de calle le hacía tomar el pulso de lo que pasaba en cada momento y vivir escenas inolvidables. En una entrevista concedida a Business Insider confiesa que incluso llegó a ayudar a la policía a detener a un traficante que estaba vaciando todo el cargamento por el retrete. Ya se sabe, la clase de anécdotas que bien conocen los que están con un pie en el asfalto a diario.

Creó un perfil en Facebook con la idea de enseñar a sus amigos y conocidos lo que vendía en la red y así lograr más pedidos, pero el efecto multiplicador de la red social convirtió su negocio en un diamante

Pero el trabajo era duro y compaginar los horarios de la estación de servicio con sus estudios estaba resultando cada vez más complejo. ¿Cómo podría ganar un dinerillo extra para poder sufragar sus estudios? La idea le llegó rápido: vender ropa y pequeños trastos en la red. Abrió una cuenta en TradeMe, una especie de eBay pero en versión neozelandesa y comenzaron a llover los primeros dólares, aunque con cuentagotas.

Parecía claro que aquel ritmo nunca podría sustituir al de las largas jornadas chupando frío en la estación de servicio. ¿Cómo podría promocionar su cuenta y animar un poco el negocio? Creó un perfil en Facebook con la idea de enseñar a sus amigos y conocidos lo que vendía en la red y así rascar algún que otro pedido más.

De oro en semanas

Y como quiera que la suerte está más cerca de quien la pelean, transcurridas unas semanas desde que abriera una cuenta en la red de Mark Zuckerberg, recibió un misterioso correo de la propia red: llegaba con un bono promocional por valor de 50 dólares para que probara la publicidad de Facebook. A caballo regalado no se le mira el diente, y nuestro hombre lo aplicó al instante. El resultado fue absolutamente espectacular: aquellos 50 dólares le rentaron la friolera de 800 dólares en pedidos en una sola noche.

Por fin veía la luz al final del túnel y se dedicó en cuerpo y alma a promocionar su perfil y darle un aspecto más profesional: bautizó su cuenta como Deal Man y lo centró en la venta de ropa para hombres, lo que mejores resultados le estaba reportando. El entusiasmo de aquel bono hizo que Ben actualizara su perfil con hasta siete entradas diarias con diferentes fotos de la ropa que vendía y así lograr el efecto multiplicador.

Los me gusta cayeron por decenas y centenares y en menos que canta un gallo, contaba con más de cien mil fans en la página y un volumen de negocio que superaba los 100.000 dólares mensuales. Adiós gasolinera, y adiós estudios. Aquello pitaba y había que aprovecharlo. Sin embargo y al igual que sucedió a muchos otros que vivían a cuerpo de rey del efecto multiplicador de Facebook, se encontraron de la noche a la mañana con que la gallina de los huevos de oro se había quedado estéril.

Al ver que su perfil prácticamente desaparecía y con él su volumen de ventas, comenzó a comprar publicidad en la red social. Las ventas se dispararon de nuevo y el gasolinero convertido a empresario volvió a nadar entre el verde de los billetes¿El motivo? Los responsables de la red querían que aquellos que ganaban dinero a expensas de su plataforma invirtieran en anuncios y no en el gratis total de la red. Facebook atacaba de frente a los que hacían caja sin pagar un solo duro a la red cambiando su algoritmo y se vino todo abajo.

La postura de Facebook

La lógica del mercado también se impuso en Facebook que comenzó a dinamitar el posicionamiento orgánico de aquellas páginas que hicieran caja a cuenta de sus algoritmos. Por no aburrir con explicaciones técnicas, la postura de la empresa californiana era clara: si quieres que tu negocio aparezca en la red social de forma prominente, pasa por caja comprando publicidad.

Nuestro Ben salvó los muebles como pudo al ver que su perfil prácticamente desaparecía y con él su volumen de ventas, y comenzó a comprar publicidad en la red social. Mano de santo: las ventas se dispararon de nuevo y el gasolinero convertido a empresario volvió a nadar entre el verde de los billetes.

El neozelandés disfruta ahora de un negocio boyante que mantiene la estructura de los que empiezan: una web muy sencilla, con una política de ventas clara, envíos a todo el mundo y la gestión de la compra delegada en Shopify. El negocio ya funciona solito, pero Facebook sigue alimentando la bestia: desde diciembre de 2013 estima que ha contribuido a las ventas por valor de un millón de dólares. Casi nada.

20140309

Jornada I: Cuidado con la burbuja "emprendedora"- #SME2014

hispanistán es el peor de los países del entorno para invertir: corrupción (sobres y maletines), nepotismo (inútiles apoltronados), caciquismo (todo depende de la voluntad del Señor), hipertrofia legislativa, inseguridad jurídica, impuestos confiscatorios.. es que lo tiene todo..



12.00-13.15: Cuidado con la burbuja "emprendedora": Lo que no te cuentan y por qué te la vas a pegar
Modera: Alejandro Vesga, Director de la Revista Emprendedores
Iñaki Arrola, Socio Fundador de VitaminaK
Fernando Moreno, CEO y Co-Founder de ICSW Group
Alejandro Fernández-Luengo, Presidente de Marco Aldany

20140307

Warren Buffett: cinco errores que debemos evitar al invertir en bolsa

Warren Buffett: cinco errores que debemos evitar al invertir en bolsa



Warren Buffett concedió una entrevista esta semana al programa Squawk Box de la CNBC donde durante tres horas respondió a multitud de preguntas. Es por ello que CNBC decidió recoger las cinco lecciones clave sobre lo que los inversores no deben hacer a la hora de poner su dinero en bolsa.

1 . No dejar que los acontecimientos del mundo (como lo que está sucediendo en Ucrania) afecten a nuestras decisiones de inversión.

Buffett dijo que incluso si se desata una gran guerra seguirá comprando acciones. "Debemos invertir pensando a largo plazo. Lo único de lo que podemos estar seguros es que si entramos en una guerra muy importante, el valor del dinero caera .... eso ha ocurrido en casi todas las guerras que yo sepa .... la última cosa que queremos hacer es mantener nuestro dinero durante una guerra ? es posible que desee comprar una granja o un edificio de apartamentos o acciones en renta variable. Durante la Segunda Guerra Mundial, el mercado de valores avanzó y seguirá avanzando con el tiempo".

2 . No debemos sentirnos mal cuando las acciones bajan.

En un momento en que los mercados mundiales se han tambaleado por las preocupaciones sobre Ucrania, Buffett recomienda mantener la calma. "Cuando la bolsa cae aparecen oportunidades de compra y es más barato? eso es una buena noticia".

3 . No hay que ser un experto para sacar provecho de la renta variable.

De acuerdo al Oráculo de Omaha "el mercado de valores ofrece oportunidades en miles de empresas diferentes. No hace falta ser un experto en cada una de ellas. Sólo hay que tener un poco de convicción en que una empresa determinada o un grupo de empresas sean capaces de ganar más dinero en 5 o 10 o 20 años desde el momento actual de compra y esa no es una decisión tan difícil de tomar".

4 . No hay que ir a por el dinero y la rentabilidad fácil e inmediata.

Según Buffett, "en términos generales, los inversores activistas (en alusión a Carl Icahn) están interesados en ganar dinero rápido y no hay nada en contra de eso. Pero , en general, el objetivo a la hora de invertir en una compañía es que ésta genere rendimiento gracias a su buen funcionamiento".

5 . No hay que invertir en bitcoins, al menos a largo plazo.

"No es una moneda . No cumple con los requisitos de una divisa. No me sorprendería si desaparecies en 10 o 20 años .... No es un medio duradero de intercambio. No es un valor de depósito? es un valor especulativo", determinó Buffett.

20140305

147 corporaciones controlan la economía del mundo occidental

147 corporaciones controlan la economía del mundo occidental

Un estudio de la Universidad de Zurich reveló que un pequeño grupo de 147 grandes corporaciones trasnacionales, principalmente financieras y minero-extractivas, en la práctica controlan la economía global. El estudio fue el primero en analizar 43.060 corporaciones transnacionales y desentrañar la tela de araña de la propiedad entre ellas, logrando identificar a 147 compañías que forman una “súper entidad” que controla el 40 por ciento de la riqueza de la economía global.

El pequeño grupo está estrechamente interconectado a través de las juntas directivas corporativas y constituye una red de poder que podría ser vulnerable al colapso y propensa al “riesgo sistémico”, según diversas opiniones. El Proyecto Censurado de la Universidad Sonoma State de California desclasificó esta noticia sepultada por los medios y su ex director Peter Phillips, profesor de sociología en esa universidad, ex director del Proyecto Censurado y actual presidente de la Fundación Media Freedom /Project Censored, la citó en su trabajo “The Global 1%: Exposing the Transnational Ruling Class” (El 1%: Exposición de la Clase Dominante Transnacional), firmado con Kimberly Soeiro y publicado en ProjectCensored.org.

Los autores del estudio son Stefania Vitali, James B. Glattfelder y Stefano Battiston, investigadores de la Universidad de Zurich (Suiza), quienes publicaron su trabajo el 26 de octubre 2011, bajo el título “La Red de Control Corporativo Global” (The Network of Global Corporate Control) en la revista científica PlosOne.org.

En la presentación del estudio publicado en PlosOne, los autores escribieron: “La estructura de la red de control de las empresas transnacionales afecta a la competencia del mercado mundial y la estabilidad financiera. Hasta ahora, fueron estudiadas sólo pequeñas muestras nacionales y no existía una metodología adecuada para evaluar el control a nivel mundial. Se presenta la primera investigación de la arquitectura de la red de propiedad internacional, junto con el cálculo de la función mantenida por cada jugador global”.

“Encontramos que las corporaciones transnacionales forman una gigantesca estructura como corbata de lazo y que una gran parte de los flujos de control conducen a un pequeño núcleo muy unido de instituciones financieras. Este núcleo puede ser visto como un bien económico, una “súper-entidad” que plantea nuevas cuestiones importantes, tanto para los investigadores y responsables políticos”.

El diario conservador británico Daily Mail fue quizás el único del mundo que recogió esta noticia, el 20 de octubre 2011, presentada por Rob Waugh bajo el llamativo titular “¿Existe una “súper-corporación que dirige la economía global? El estudio clama que podría ser terriblemente inestable. La investigación encontró que 147 empresas crearon una “súper entidad” dentro el grupo, controlando el 40 por ciento de la riqueza”.

Waugh explica que el estudio de la Universidad de Zurich “prueba” que un pequeño grupo de compañías -principalmente bancos- ejerce un poder enorme sobre la economía global. El trabajo fue el primero en examinar un total de 43.060 corporaciones transnacionales, la telaraña de la propiedad entre ellas y estableció un “mapa” de 1.318 empresas como corazón de la economía global.

“El estudio encontró que 147 empresas desarrollaron en su interior una “súper entidad”, controladora del 40 por ciento de su riqueza. Todos poseen parte o la totalidad de uno y otro. La mayoría son bancos –los 20 top, incluidos Barclays y Goldman Sachs. Pero la estrecha relación significa que la red podría ser vulnerable al colapso”, escribió Waugh.

Mapa-mundi de la riqueza

El tamaño de los círculos representa los ingresos. Los círculos rojos son “corporaciones súper-conectadas” mientras los amarillos son “corporaciones muy conectadas”. Las 1.318 empresas transnacionales que forman el núcleo de la economía globalizada, muestran sus conexiones de propiedad parcial entre unos y otros, y el tamaño de los círculos corresponde a los ingresos. A través de las empresas sus propietarios controlan la mayor parte de la economía “real” (Ilustración de los autores, PlosOne, 26/10/2012).

“En efecto, menos del 1% de las empresas fue capaz de controlar el 40 por ciento de toda la red”, le dijo al Daily Mail James Glattfelder, teórico de sistemas complejos del Instituto Federal Suizo de Zurich, uno de los tres autores de la investigación.

Algunos de los supuestos que subyacen en el estudio han sido criticados, como la idea de que propiedad equivale a control. “Sin embargo, los investigadores suizos no tienen ningún interés personal: se limitaron a aplicar a la economía mundial modelos matemáticos utilizados habitualmente para modelar sistemas naturales, usando Orbis 2007, una base de datos que contiene 37 millones las compañías e inversionistas”, informó Waugh.

Economistas como John Driffil, de la Universidad de Londres, experto en macroeconomía, dijo a la revista New Scientist que el valor del estudio no radicaba en ver quién controla la economía global, pero muestra las estrechas conexiones entre las corporaciones más grandes del mundo. El colapso financiero de 2008 mostró que este tipo de redes estrechamente unidas puede ser inestable. “Si una empresa sufre angustia, ésta se propaga”, dijo Glattfelder.

Para Rob Waugh y el Daily Mail hay un “pero”: “Parece poco probable que las 147 corporaciones en el corazón de la economía mundial pudieran ejercer un poder político real, pues representan demasiados intereses”, aseguró el diario conservador británico.

La riqueza global del mundo se estima que ronda los 200 billones de dólares, o sea, dos centenas de millones de millones. Según Peter Phillips y Kimberly Soeiro, el 1 por ciento más rico de la población del planeta agrupa, aproximadamente, a 40 millones de adultos. Estas personas constituyen el segmento más rico de las primeras gradas de la población de los países más desarrollados e, intermitentemente, en otras regiones.

Según el libro de David Rothkopf “Súper-clase: la Elite de Poder Mundial y el Mundo que Está Creando”, la súper elite abarcaría aproximadamente al 0,0001 por ciento (1 millonésima) de la población del mundo y comprendería a unas 6.000 a 7.000 personas, aunque otros señalan 6.660. Entre ese grupo habría que buscar a los dueños de las 147 corporaciones que cita el estudio de los investigadores de Zurich.

20140304

Menos burocracia, menos tasas: se disparan las empresas de españoles en Reino Unido


Menos burocracia, menos tasas: se disparan las empresas de españoles en Reino Unido

En las últimas 24 horas, en el Reino Unido se han creado más del doble de empresas que en España. El dato en sí podría ser anecdótico, si no fuera por un particular: es algo que ocurre cada día. Los datos del Registro Mercantil anglosajón, desglosados por día de la semana, así lo indican: en el Reino Unido se crean empresas cualquier día de la semana, incluso los domingos.

Es una señal emblemática de un país que atrae cada vez más a pequeños y grandes empresarios extranjeros. En el último año, como desvelan los datos oficiales a los que este periódico ha tenido acceso gracias a la colaboración de Dato Capital, también los españoles han empezado a mover sus fichas.

José Carlos Castresana cogió un vuelo a Londres a comienzos de 2012. Ante las muchas recomendaciones, leyendas y mitos sobre las conveniencias de registrar su empresa en la capital británica, este fotógrafo quiso probar en persona: ¿sería tan sencillo como había leído crear una sociedad en el Reino Unido?

Las recomendaciones no se limitaban a webs especializadas. El informe Doing Business, que elabora el Banco Mundial, sitúa a la isla en el décimo lugar entre los países con mejores posibilidades para hacer negocios. En el mismo listado, España ocupa el lugar 52.

"La primera facilidad con la que me encontré fue la de no necesitar ningún capital social para abrir la empresa", cuenta José Carlos a este periódico. En España el límite mínimo es de 3.000 euros; en Reino Unido, está permitido crear "la caja vacía" y hacerlo, además, online: de ahí que los datos del registro reporten inscripciones de empresas incluso en los días festivos.

La burocracia española parece un recuerdo lejano que deja el paso a los clics del ratón. "Además, durante los primeros 18 meses no hay prácticamente ningún trámite burocrático por el que pasar", recuerda el fotógrafo. Eso sí: “En caso de incumplimientos, aunque sea mínimos, las multas son altísimas”.

Demasiados mitos

No todos son ventajas: los trámites burocráticos para controlar la empresa desde España sin convertirse en un defraudador del fisco, la imposibilidad de cotizar en la Seguridad Social española o la necesidad de crear una oficina virtual son aspectos "largos, complicados y costos", admite quien lo ha intentado.

En el país, que tiene unos veinte millones de habitantes más que España, se crean, de media, cuatro veces más empresas cada mes.El atractivo, sin embargo, es alto. José Carlos detalla a este periódico de cómo, a raíz de las entradas en su blog, asesoró a un autónomo español que quería vender su nueva aplicación para teléfonos móviles en la tienda virtual de Apple: “Sus opciones eran o abrir una sociedad para comercializar su app en España y empezar perdiendo mucho dinero en impuestos, o hacerlo en Londres, donde no tiene por qué invertir desde el comienzo”, recuerda.

En el país anglosajón, que tiene unos veinte millones de habitantes más que España, se crean, "de media, cuatro veces más empresas cada mes", señala, cifras oficiales de los Registros Mercantiles inglés y español en la mano, Eduardo Amo, director general de Dato Capital, web especializada en información empresarial de ambos países explica: "Más allá del número, existe una flexibilidad legal y burocrática que fomenta el comercio". Unas facilidades que se resumen en un aspecto clave: "En Inglaterra prescinden de la figura del notario". Un detalle que, defiende por su parte el notariado español, puede aumentar la inseguridad jurídica en el proceso de cración de empresas.

A pesar de ello, Amo también advierte de los 'falsos mitos' sobre las posibilidades que ofrece abrir una sociedad en Inglaterra y gestionarla desde España, "como el de que no se pague por ser autónomo: es cierto sólo por debajo de determinadas ganancias", explica.

Posibilidad frente a la crisis

Esta tendencia la contextualiza Igor Urra, secretario general de la Cámara de Comercio española en Londres. Hay tres factores, asegura, en la base de este boom español: "En primer lugar, hay que subrayar que la crisis hizo que todos, desde España, empezaran a mirar hacia mercados exteriores", detalla en una conversación telefónica con El Confidencial. "Cuando el mercado interno se desploma, hay que internacionalizar", argumenta.

Las facilidades que ofrece el Reino Unido son el mayor anzuelo: "No sólo es fácil entrar en Inglaterra, sino que también es rápido y barato. Es la famosa mentalidad anglosajona: el tratamiento a las empresas es más benévolo”.

La necesidad de diversificar las inversiones más allá de la zona euro –sobre todo en un momento en el que la crisis amenazaba con la estabilidad de la moneda misma– ha sido fundamental para que pequeños o grandes inversores decidieran invertir sus ganancias o ahorro en un terreno seguro. "Tenemos muchos ejemplos sobre todo en el ámbito de la tecnología y de la restauración: se trata a menudo de empresas que, al no recuperarse el consumo en España, han preferido mirar afuera, usando el Reino Unido incluso como rampa de lanzamiento hacia otros mercados".

José Carlos, el fotógrafo que intentó de su mano abrir una empresa en Londres, nos habla hoy desde Rusia, donde vive. Su experiencia personal le ha dejado muy clara una circunstancia: "La diferencia, al fin y al cabo, es una: España es un país antiemprendedor".